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En resumen

  • Registro Civil: si el bebé nace en un hospital, normalmente se inscribe allí mismo. Si no, tenéis 10 días para hacerlo en la oficina del Registro Civil.
  • Ya no hay libro de familia: lo sustituyen los certificados del Registro Civil, que son gratuitos.
  • Da de alta al bebé como beneficiario en la Seguridad Social para que tenga tarjeta sanitaria, y empadrónalo en tu ayuntamiento.
  • Pide el permiso y la prestación por nacimiento y, si te corresponde, el abono anticipado de la deducción por maternidad.

Con un recién nacido en casa, el papeleo es lo último en lo que apetece pensar. Esta es la lista de trámites en el orden en que conviene hacerlos, con lo que necesitas para cada uno. La mayoría se pueden hacer por internet.

1. Inscribir al bebé en el Registro Civil

Es el primer trámite y del que dependen todos los demás: hasta que el bebé no está inscrito, no existe para la Administración.

  • Desde el hospital: si nace en un centro sanitario, lo habitual es que los progenitores firméis allí el formulario de declaración y sea el propio hospital quien envíe la inscripción al Registro Civil, junto con el parte médico. Pregunta en el hospital si lo ofrecen y qué documentación tenéis que llevar.
  • En la oficina del Registro Civil: si no se hace desde el hospital, tenéis 10 días desde el nacimiento para declararlo en el Registro Civil. El plazo puede llegar a 30 días si hay una causa justificada.
  • Fuera de plazo ya no es una simple declaración: hace falta un expediente en el Registro Civil, más lento.

En la declaración se indican el nombre del bebé, el orden de los apellidos y los datos de los progenitores. Algunos casos no se pueden tramitar desde el hospital, por ejemplo si alguno de los progenitores es menor de edad. Si es tu caso, ve directamente al Registro Civil.

2. Pedir el certificado de nacimiento

Desde el 30 de abril de 2021 ya no se expide el libro de familia. Los que ya existían siguen siendo válidos, pero no se actualizan. En su lugar, cada trámite pide el certificado del Registro Civil que corresponda, normalmente el de nacimiento.

Los certificados son gratuitos y se piden en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o en cualquier oficina del Registro Civil.

3. Darle de alta en la Seguridad Social y pedir la tarjeta sanitaria

El bebé tiene derecho a la sanidad pública como beneficiario de uno de los progenitores. Para que conste, hay que darle de alta:

  • Se hace por internet en Tu Seguridad Social, con certificado digital o Cl@ve, o en una oficina del INSS.
  • Si el bebé tiene menos de 3 meses, no hace falta aportar documentos: el Registro Civil envía sus datos directamente a la Seguridad Social.

Con el alta hecha, pide la tarjeta sanitaria y que le asignen pediatra en tu centro de salud. Cómo se pide depende de cada comunidad autónoma: en muchas se hace en el propio centro de salud o en la web del servicio de salud.

4. Empadronarle en tu ayuntamiento

Toda persona que vive en España tiene que estar inscrita en el padrón del municipio donde reside, también los bebés. Además, el padrón lo piden muchas ayudas autonómicas y municipales y, más adelante, la escolarización.

Se pide en el ayuntamiento, muchas veces con cita previa o por su sede electrónica. Normalmente basta con el DNI de los progenitores y el certificado de nacimiento del bebé, pero cada ayuntamiento tiene sus requisitos.

5. Pedir el permiso y la prestación por nacimiento

Cada progenitor tiene derecho a 19 semanas de permiso (32 si la familia es monoparental), pagadas por la Seguridad Social al 100 % de la base reguladora. Dos pasos:

  • Avisa a tu empresa con 15 días de antelación de cuándo vas a disfrutar cada periodo, para que pueda enviar el certificado de empresa.
  • Pide la prestación en el portal de prestaciones de la Seguridad Social. Se puede solicitar hasta 15 días antes de empezar el permiso. Cada periodo que disfrutes por separado necesita su propia solicitud.

Con la calculadora del permiso por nacimiento sabrás cuántas semanas te tocan y la fecha límite de cada parte.

6. Pedir el abono anticipado de la deducción por maternidad

Si eres la madre y trabajas (o cobras el paro cuando nace el bebé), puedes cobrar hasta 100 € al mes por cada hijo menor de 3 años sin esperar a la declaración de la renta. Se pide con el modelo 140 de la Agencia Tributaria. Te lo contamos en la guía de la deducción por maternidad.

Otros trámites

  • Ayudas de tu comunidad autónoma o ayuntamiento: muchas tienen ayudas por nacimiento con plazos cortos desde el parto. Consulta la web de tu comunidad y la de tu ayuntamiento.
  • DNI y pasaporte: el DNI es obligatorio a partir de los 14 años, así que de bebé solo lo necesitas si vais a viajar. Para viajar fuera de la Unión Europea hace falta pasaporte. Se piden con cita previa en una oficina de expedición.

Fuentes

Inscripción de nacimiento en el Registro Civil (administracion.gob.es), prestación por nacimiento y cuidado de menor (Seguridad Social) y deducción por maternidad (Agencia Tributaria). Revisado el 19/10/2026.